Embargo de Nómina: Cuánto Pueden Retener Según tu Sueldo en 2026 (Tabla y Ejemplos)

El embargo de nómina solo afecta a la parte del sueldo que supera el SMI (1.221 € en 2026) y sube por tramos. Te explicamos la tabla del art. 607 LEC con ejemplos reales en euros.

Respuesta corta: en 2026, tu nómina solo se embarga en la parte que supera el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El SMI es inembargable. Sobre el exceso se aplican tramos progresivos del 30% al 90%, según el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).

Este año el SMI protegido es de 1.221 € al mes. Si cobras esa cantidad o menos, tu sueldo es intocable. A partir de ahí, cada tramo adicional se retiene con un porcentaje mayor.

En esta guía verás la tabla oficial de 2026, ejemplos con sueldos de 1.200 €, 1.800 € y 2.500 €, y qué salida legal existe si el embargo hace tu vida inviable.

¿Qué es el embargo de nómina y quién puede solicitarlo?

El embargo de nómina es la retención obligatoria de una parte de tu salario para pagar una deuda impagada. Tu empresa lo aplica en la nómina y entrega ese dinero al acreedor.

No cualquiera puede embargarte sin más. Las entidades que suelen iniciar un embargo son:

  • Hacienda (AEAT): por deudas tributarias impagadas, mediante procedimiento administrativo.
  • Seguridad Social: por cuotas o deudas pendientes con la Tesorería General.
  • Bancos y financieras: por préstamos, tarjetas o hipotecas impagadas, tras una demanda judicial.
  • Otros acreedores privados: proveedores, comunidades de vecinos, particulares con sentencia a favor.

En el caso de acreedores privados suele haber un juicio previo. Hacienda y la Seguridad Social pueden actuar por la vía administrativa, sin sentencia judicial.

Tramos de retención 2026: tabla y ejemplos en euros

El cálculo parte siempre del SMI. En 2026, el Salario Mínimo Interprofesional se sitúa en 1.221 € brutos mensuales en 14 pagas, según el Real Decreto 126/2026 publicado en el BOE.

El artículo 607 LEC establece esta escala sobre la parte del sueldo que supera el SMI:

Tramo del sueldo (referido al SMI de 1.221 €) Franja mensual aproximada % que se retiene
Hasta 1 SMI 0 € – 1.221 € 0% (inembargable)
2.º SMI 1.221 € – 2.442 € 30%
3.º SMI 2.442 € – 3.663 € 50%
4.º SMI 3.663 € – 4.884 € 60%
5.º SMI 4.884 € – 6.105 € 75%
Lo que exceda Más de 6.105 € 90%

El cálculo se hace sobre el líquido que percibes, es decir, tu nómina después de descontar IRPF y cotizaciones a la Seguridad Social.

Ejemplo 1: sueldo de 1.200 €

Cobras 1.200 € netos. Como es inferior al SMI (1.221 €), no se puede embargar nada. Tu salario es totalmente inembargable.

Ejemplo 2: sueldo de 1.800 €

Exceso sobre el SMI: 1.800 € − 1.221 € = 579 €. Ese exceso cae en el primer tramo (30%).

  • 579 € × 30% = 173,70 € embargables al mes.

Ejemplo 3: sueldo de 2.500 €

Exceso sobre el SMI: 2.500 € − 1.221 € = 1.279 €. Este exceso se reparte en dos tramos:

  • Primeros 1.221 € (2.º tramo, 30%): 366,30 €.
  • Restantes 58 € (3.º tramo, 50%): 29,00 €.
  • Total: 395,30 € embargables al mes.

Como ves, el sistema es progresivo. Cuanto más ganas por encima del mínimo, mayor es el porcentaje aplicado a esa parte alta.

¿Qué parte del salario es inembargable y cómo afectan las cargas familiares?

La regla base es clara: el importe equivalente al SMI es inembargable por ley. Solo se retiene sobre el excedente, y siempre según los tramos del art. 607 LEC. Un embargo que supere esos límites es nulo de pleno derecho.

Si tienes personas a tu cargo, la retención puede bajar. La Ley de Enjuiciamiento Civil permite que, atendiendo a las cargas familiares, se aplique una rebaja de entre el 10% y el 15% en los porcentajes de los primeros tramos. Para aplicarla, debes acreditar esas cargas ante el juzgado o el organismo que embarga.

Un matiz importante: el mínimo inembargable se cuenta una sola vez. Si tienes varias nóminas o pensiones, se suman todas y se aplica un único SMI protegido sobre el conjunto, no uno por cada ingreso.

Si el embargo te deja sin margen para vivir mes a mes, existe una salida legal real. La Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015) permite, cumpliendo ciertos requisitos, cancelar deudas que no puedes pagar. Puedes consultar opciones y comparar empresas especializadas en Yanodeudas España.

Preguntas frecuentes sobre el embargo de nómina

¿Me embargan más en el mes de la paga extra?

Sí. Las pagas extras se suman al salario del mes en que se cobran. Ese mes tu ingreso total es mayor, entra en tramos más altos y la retención sube de forma proporcional.

¿Cómo funciona el embargo si soy autónomo?

El autónomo no tiene nómina, pero sus ingresos y facturas cobradas también pueden embargarse. La protección del SMI se aplica igualmente sobre los ingresos que percibe por su actividad, respetando los mismos tramos.

Tengo varios embargos a la vez, ¿me quitan más?

No. Los límites del art. 607 LEC se aplican al conjunto de embargos, no a cada uno por separado. Aunque haya varias órdenes (Hacienda, Seguridad Social y un banco), tu empresa no puede retener más del porcentaje legal total.

¿Las pensiones también se pueden embargar?

Sí, con la misma protección que los salarios. El SMI es inembargable y los tramos progresivos aplican igual sobre pensiones de jubilación, incapacidad o viudedad.

¿Puedo dejar de tener embargos con la Ley de Segunda Oportunidad?

Es posible en muchos casos. Los requisitos generales incluyen ser deudor de buena fe, no haber sido condenado por ciertos delitos económicos y haber intentado un acuerdo de pago previo. Un profesional puede valorar tu caso concreto.

¿Qué diferencia hay entre embargo de nómina y embargo de cuenta bancaria?

Son distintos. El embargo de nómina retiene sobre el salario respetando el SMI. El embargo de cuenta afecta al saldo, aunque el dinero que proceda de tu sueldo mantiene la misma protección del SMI si lo acreditas.

Ten en cuenta la actualidad del mercado

Las condiciones de los servicios financieros y de las empresas que ayudan a renegociar o cancelar deudas (honorarios, requisitos y modalidades) cambian con frecuencia. Antes de decidir, conviene revisar la oferta actualizada del mercado. En Yanodeudas España puedes comparar opciones vigentes según tu situación.

Conclusión

En 2026, el embargo de nómina nunca puede tocar el SMI (1.221 €). Solo afecta al exceso y sube por tramos del 30% al 90%, según el art. 607 LEC. Con cargas familiares, la retención puede reducirse. Y si la deuda es inasumible, la Ley de Segunda Oportunidad ofrece una vía legal para empezar de cero.

Si el embargo asfixia tu economía, valorar tu caso con un especialista puede ayudarte a encontrar la mejor salida.


Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento financiero. Consulta con un asesor cualificado antes de tomar decisiones.

Preguntas frecuentes

¿Me embargan más en el mes de la paga extra?

Sí. Las pagas extras se suman al salario del mes en que se cobran. Ese mes tu ingreso total es mayor, entra en tramos más altos y la retención sube de forma proporcional.

¿Cómo funciona el embargo de nómina si soy autónomo?

El autónomo no tiene nómina, pero sus ingresos y facturas cobradas también pueden embargarse. La protección del SMI se aplica sobre los ingresos de su actividad, respetando los mismos tramos del artículo 607 LEC.

Tengo varios embargos a la vez, ¿me quitan más dinero?

No. Los límites del artículo 607 LEC se aplican al conjunto de embargos, no a cada uno por separado. Aunque haya varias órdenes de Hacienda, Seguridad Social y un banco, la empresa no puede retener más del porcentaje legal total.

¿Las pensiones también se pueden embargar?

Sí, con la misma protección que los salarios. El SMI es inembargable y los tramos progresivos aplican igual sobre pensiones de jubilación, incapacidad o viudedad.

¿Puedo dejar de tener embargos con la Ley de Segunda Oportunidad?

Es posible en muchos casos. Los requisitos generales incluyen ser deudor de buena fe, no haber sido condenado por ciertos delitos económicos y haber intentado un acuerdo de pago previo. Un profesional puede valorar tu caso concreto.

¿Qué diferencia hay entre embargo de nómina y embargo de cuenta bancaria?

Son distintos. El embargo de nómina retiene sobre el salario respetando el SMI. El embargo de cuenta afecta al saldo, aunque el dinero que proceda de tu sueldo mantiene la misma protección del SMI si lo acreditas.